- ° INFORME TOTAL.
La investigación ordenada concluyó con el oficio PGR/AIC/PFM/DGIPAM/IT/3569/2014 del 3 de abril de 2014, que no reporta la comisión de ninguna conducta delictiva.
El informe en mención muestra una evidente falta de profesionalismo, y está plagado de falsedades, invenciones y cuestiones inverosímiles; tales como la relativa a que señalan que el CD asegurado en autos lo recibieron en la Carretera Morelia-Toluca, que oficialmente no existe en la Nomenclatura de esta ciudad de Morelia, ni es del conocimiento generalizado; lo que revela que procede de un trabajo de gabinete confeccionado ex profeso.
Los investigadores afirman que acudieron a la Procuraduría del Estado y sin entrar al edificio central, fueron abordados por una persona, no identificada en autos, quien les dijo que diversa persona, al día siguiente les entregaría la información que buscaban.
A esta otra persona tampoco la identificaron y sostienen que, embozado, con cachucha y lentes, es decir, en forma anónima, les hizo entrega del CD que contenía una videograbación. Todo anónimo.
- ° ACUERDO MINISTERIAL QUE ORDENA UNA INVESTIGACIÓN.
Con fecha 18 de marzo de 2014, en la averiguación previa penal número A.P PGR/SEIDO/UEITA/035/2013, el representante social, una vez realizada la inspección ministerial de la Nota del Periódico 24 Horas, sin razón ni argumento alguno, y sin plasmar en el documento relativo, al menos, la necesidad o conveniencia; se ordenó una investigación policial.
No se precisó qué se investigaría; no se indicaron la o las líneas de investigación; no se advierte qué se buscaba; sencillamente se trató de armar un expediente.
La orden de investigación se da a partir de un documento que no contiene dato revelador de conducta delictiva alguna, y que además, como se señaló, fue totalmente desestimada.
- ° INSPECCIÓN MINISTERIAL DE DICHA NOTA.
El documento contiene la inspección ministerial realizada el 18 de marzo de 2014, de la nota periodística de la página de internet del periódico “24 HORAS”. Esa inspección no contiene o incorpora dato alguno demostrativo de la comisión de algún ilícito.
No existe dato en el expediente que revele la razón o necesidad de que se realizara la señalada Fé Ministerial, no se motivó la exigencia de practicarla; no obra en la averiguación algún oficio, acuerdo, constancia, requerimiento o decreto que la exigiera o al menos pusiera de manifiesto la conveniencia de practicarla; es decir, no la antecedió decisión de la propia fiscalía a través de algún proveído y tampoco actuación, oficio o mandato superior que la ordenara.
No hay, en resumen, razón en autos que explique por qué la representación social determinó practicar esa actuación, más de siete meses después de la publicación de la Nota; lo que revela su confección deliberada.
La Nota por cierto, como se dijo, fue cabalmente desestimada.
- ° NOTA DEL PERIÓDICO 24 HORAS.
Trátase de una nota periodística de la página de internet del periódico “24 HORAS”, publicada el 2 de agosto de 2013, con la cual se inicia la indagatoria contra Jesús Reyna, mediante una inspección ministerial de la misma.
Esa nota no aporta indicio alguno de conducta delictiva; es un simple relato y entrevista.
La misma fue cabalmente desestimada por la magistrada del Primer Tribunal Unitario del Segundo Circuito, con sede en Toluca, Estado de México, al resolver, el diecisiete de febrero de dos mil diecisiete, el toca penal 135/2014.